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Nuestra propuesta:
Se realiza un contrato de cesión del derecho de superficie de la cubierta por 25 años en Escritura Pública.
A cambio:
1. Realizamos un único pago inicial. (sin alquileres)
2. A los 25 años el propietario de la nave se queda con la instalación fotovoltaica o se le repone la cubierta al estado original. Lo que usted elija.
A los 25 años, una instalación fotovoltaica producirá, normalmente, un 80% de la energía inicial, y le quedarán más de 15 años de vida útil.
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